Averigüe sobre sus opciones de inmigración

Haga ahora lo que pueda ahora para proteger a usted y a su familia en los Estados Unidos.

  • Si usted tiene una tarjeta de residencia permanente (también conocida como green card), averigüe si se puede hacer un ciudadano estadounidense.
  • Si usted está aquí con una visa, averigüe si puede obtener una tarjeta de residencia permanente.
  • Si usted no tiene estatus migratorio, averigüe si podría ser elegible para obtener una tarjeta de residencia permanente, una visa, o un permiso de trabajo.
  • Si ha sido arrestado o tiene una condena penal, averigüe cómo podría afectar su situación, o si hay una manera de borrarlo de su registro.
  • Si usted está detenido o está en proceso de deportación, pida una audiencia en frente a un juez para salir de la detención y tener oportunidad de luchar contra su deportación.

Encuentre una organización sin fines de lucro local que le pueda ayudar averiguar si existe un beneficio de inmigración que le ayude a obtener una tarjeta de residencia permanente (green card), un permiso de trabajo, una visa, o protección contra la deportación. Mantenga una lista de estas organizaciones locales en caso de que enfrente algún problema con Inmigración y Control de Aduanas (ICE por sus siglas en inglés). Las siguientes organizaciones tienen abogados que le podrían ayudar.

Encuentre un Proveedor de Servicios Legales

AMOR línea de ayuda - (401) 675-1414

Dorcas Instituto Internacional de Rhode Island - (401) 784-8600

Progreso Latino -  (401) 728-5920

Servicios católicos a inmigrantes y refugiados (Rhode Island) - (401) 421.7833 ext.229

Referencia del Colegios de Abogados de Rhode Island - (401) 421-7799 o 521-5040

 

¡ Alerta! ¡Protéjase Contra el fraude!

Solamente un abogado licenciado o un representante acreditado está autorizado y calificado para atenderle con su caso de inmigración. No contrate a nadie que:

  • Se niegue a proveerle un contrato por escrito;
  • Le cobre por formiularios de inmigración en blanco;
  • Le prometa un buen resultado porque tienen contactos especiales dentro del servicio de inmigración;
  • Pretende ser un abogado calificado o un consultor garantizado de inmigración;
  • Le cobre que mienta en un formulario o que firme un formulario en blanco; o
  • Le cobra para ponerlo(a) en una “lista de espera” o “poner su solicitud en fila.” No existe ninguna lista de espera. No existe ninguna fila para las solicitudes.

Si usted sospecha del fraude, repórtelo a su consulado o a la policía, o contacte a la Comisión Federal de Comercio para presentar una queja en inglés o en español al 877-FTC-HELP (877-382-4357). Para más información y recursos visite: http://www.stopnotariofraud.org/

Conozca sus derechos

Todas las personas, documentadas o indocumentadas tienen derechos en este país. Asegúrese que usted y los miembros de su familia (incluyendo sus hijos) compañeros de vivienda, vecinos, y compañeros de trabajo, independientemente de su estatus migratorio, conozcan de su derecho de permanecer en silencio, y todos los otros derechos en el caso de que inmigración (ICE) o la policía vengan a su casa, vecindario, o a su lugar de trabajo. Una lista de estos derechos, y una tarjeta afirmando estos derechos están incluidas en este paquete.

Mantenga la calma y no trate de huir.

Si lo hace, ICE o la policía podrían usar eso en su contra.

Todas las personas, documentadas o indocumentadas, tienen derechos en este país. Hable con todos en su familia (incluyendo sus hijos) y personas en su hogar, y asegúrese de que sepan qué hacer en caso de tener un encuentro con agentes de inmigración (ICE) o en caso de que ICE venga a su casa.

Agentes de inmigración (ICE) a su puerta

No le abra la puerta a los agentes de inmigración (ICE) ni a cualquier oficial de la policía que no tenga una orden judicial firmada por un juez federal. Usted no tiene que abrir la puerta a menos que un agente de inmigración le muestre una orden de cateo firmada por un juez. La orden debe especificar precisa y correctamente su nombre y su dirección. Si los agentes de inmigración tocan a la puerta, pídales que le pasen la orden de cateo por debajo de su puerta o a través de una ventana. Asegúrese de que la orden de cateo si esté firmada por un juez y que el nombre y la dirección sean los correctos. Si los agentes de inmigración o la policía no presentan orden de cateo, usted está obligado a abrir la puerta. Una vez abra la puerta, usted pierde ciertos derechos.

Mantenga una “tarjeta roja (red card)” de Conozca sus Derechos con usted y a un lado de su puerta en todo momento. A continuación es un ejemplo de una "tarjeta roja (red card)". Puede imprimir esto, mantenga una con usted y otra en su hogar. Usted se las puede deslizar por debajo de la puerta a los agentes de inmigración – les explica sus derechos y que usted no tiene que abrirles la puerta. Practique como deslizar esta tarjeta por debajo de la puerta con sus hijos, hijas y otros miembros de su familia

Hablar con Agentes del ICE

Usted no está obligado a hablar con un agente de ICE ni a contestar sus preguntas. Tiene el derecho a permanecer en silencio. Usted se puede rehusar a hablar con un agente de inmigración. No conteste ninguna pregunta, especialmente sobre su lugar de nacimiento, estatus migratorio o sobre como entró a los Estados Unidos. No les proporcione ningún tipo de información personal, ya sea suya o de algún familiar. Diga que usted quiere permanecer en silencio hasta que pueda hablar con un abogado. Ponga a sus hijos y otros miembros de su familia a que practiquen decir “No” a un agente de ICE. Practique como deslizar esta tarjeta por debajo de la puerta con sus hijos y otros miembros de su familia.

Tiene el derecho a rehusarse a firmar cualquier documento sin antes de haber hablado con un abogado. No firme nada que usted no comprenda o con lo que no esté de acuerdo. Eso podría quitarle su derecho a hablar con un abogado o quitarle el derecho a recibir una audiencia frente a un juez de inmigración. También podría resultar en que usted sea deportado inmediatamente sin tener una audiencia. .

Pida hablar con un abogado y que le permitan presentarse frente a un juez de inmigración. Tiene el derecho a hablar con un abogado y el derecho de hacer una llamada telefónica. Asegúrese de en todo momento tener con usted el número de teléfono de un abogado de inmigración todo el tiempo.

Documentos Que Usted Debería y No Debería Cargar Con Usted

  • En todo momento, cargue con su permiso de trabajo válido o su tarjeta de residencia permanente, si es que tiene cualquiera de los dos. Si no tiene ninguno, generalmente se le recomienda que lleve consigo una identificación municipal, estatal, o una licencia de conducir si se le fue otorgada dentro de los Estados Unidos y no contiene información ninguna sobre su estatus migratorio o sobre su país de origen. Pregúntele a un defensor local de inmigración cuales son seguros de cargar con usted en su área.
  • En todo momento, cargue consigo una tarjeta roja para ejercer su derecho a permanecer en silencio en caso de que sea detenido o interrogado por un agente de inmigración (ICE) o por oficiales de policía.
  • En todo momento, cargue con el número de teléfono de un abogado de inmigración, de un defensor o de una organización sin fines de lucro que provea servicios de inmigración al cual pueda llamar en caso de una emergencia.
  • No cargue con ningún tipo de documentos sobre su país de origen.
  • No cargue ningún tipo de documento de identificación o documento de inmigración falso consigo.

Otros recursos

El Consulado de su país

Tenga la información de contacto del consulado de su país más cercano a la mano. Muchos consulados tienen un número de teléfono de emergencia para casos donde se necesite asistencia inmediata por parte del consulado. Tenga ese número de teléfono escrito en caso de que sea detenido por un agente de inmigración (ICE) lo detenga.

Materiales que le podrían ayudar a conocer sus derechos y otros recursos

Hay muchos recursos disponibles con los que puede educarse sobre sus derechos. Los aquí mencionados son solo unos pocos de los muchos lugares donde puede comenzar a aprender más sobre las leyes de inmigración.

Haga un plan para sus hijos

Tenga un plan para que un adulto de confianza pueda cuidar a sus hijos en caso que usted no pueda. Este plan debe incluir números de emergencia, una lista con la información de contactos de personas claves, documentos de autorización legal específicos al cuidado de sus hijos, y un archivo con otros documentos importantes (por ejemplo, certificados de nacimiento o pasaportes). Este portal incluye ejemplos que le ayudaran a preparar este tipo de archivo.

Hable con sus hijos sobre su plan

Sin causarles ninguna inquietud, asegúreles a sus hijos que alguien de confianza se encargará de ellos si por alguna razón usted no puede cuidarlos, aunque sea por un corto período de tiempo. Hágales saber quién los cuidará si usted no puede. Si sus hijos tienen la edad para ello, asegúrese de que tengan el número de teléfono de la persona que se encargará de ellos.

Decida quien cuidará a sus hijos si usted no puede hacerlo

Si no puede, hable con las personas a las que le gustaría cuidar a sus hijos en caso de que usted no pueda y asegúrese de que sepan que van a ser anotadas en la lista de contactos de emergencia. Memorice sus números de teléfono y haga que sus hijos también se memoricen los números de teléfono. Si es posible, elija una persona de confianza que sea ciudadano de los EE. UU. o que sea poseedor de una residencia permanente (green card).

Asegúrese de que sus hijos sepan quién puede recogerlos de la escuela, quién no puede recogerlos de la escuela y que sepan quién los cuidaría. Asegúrese de agregar los nombres de los contactos de emergencia a la lista de adultos de su escuela autorizados a recoger a sus hijos de la escuela.

Las escuelas de sus hijos solo pueden entregar a sus hijos a los adultos que usted designe. Por lo tanto, asegúrese de actualizar regularmente todos los formularios y hojas de contacto de emergencia y formularios de emergencia de la escuela, guardería infantil, guardería, campamento de verano y otros programas para incluir los nombres de las personas que pueden y no pueden recoger a sus hijos. Si tiene una orden de restricción contra alguien, entréguele una copia a la escuela.

Asegúrese de que las personas que pueden recoger y cuidar a sus hijos estén al día respecto a la ubicación y la escuela de sus hijos.

Anote las instrucciones si sus hijos tienen alguna condición médica, y/o están tomando medicamentos

Anote cualquier condición médica o alergias que sus hijos tengan, cualquier medicamento que sus hijos tomen, así como la información de su doctor y del seguro de salud. Guarde una copia de esta información en su archivo de documentos importantes. Entregue una copia a las escuelas de sus hijos y a la persona encargada de cuidar a sus hijos. Infórmeles a sus hijos donde pueden encontrar esta información si usted no está presente.

Rellene los formularios de autorización del tutor legal en este sitio web

Los siguientes formularios de autorización proporcionarán evidencia de sus deseos en torno al cuidado de sus hijos en caso de que no le sea posible cuidarlos. Es recomendable rellenar estos formularios con un abogado, de ser esto posible. Pero puede completarlos sin un abogado. Lo más importante es completarlos y entregarle una copia a la persona que cuidará a sus hijos.

Todos los formularios están adjuntos al conjunto de documentos que se encuentra en este enlace. Las instrucciones detalladas se pueden acceder deste este portal.

  1. Autorización parental / Nombramiento de tutor
  2. Autorización para publicación de registros educativos y designación de tutor
  3. Poder notarial para atención médica

Asegúrese que todos sus hijos tengan pasaportes

Si sus hijos nacieron en Los Estados Unidos, visite www.travel.state.gov  para más información relacionada a cómo obtener un pasaporte estadounidense.

Si sus hijos nacieron en su país de origen, consulte con su embajada o consulado para obtener más información de cómo obtener un pasaporte.

¿Quiere hacer aún más?

También puede registrar el nacimiento de sus hijos con el gobierno de su país (por ejemplo: con el consulado de su país) si sus hijos nacieron en los Estados Unidos. Esto podría garantizarles ciertos beneficios a sus hijos beneficios, incluyendo la ciudadanía en su país de origen en algunos casos.

Listado de Documentos Importantes

Documentos Del Tutor:

  • Autorización de los Padres/Asignación del Tutor
  • Autorización de la Liberación de Archivos Educacionales-Asignación del Tutor
  • Poder legal para atención médica

Otros documentos importantes:

  • Identificación con foto (Licencia de conducir y/u otras formas de identificación) de cada padre y cada hijo
  • Actas de Nacimiento y/o registro de nacimiento de cada padre y de cada hijo
  • Pasaportes para cada padre y cada niño
  • Tarjeta del seguro social o número ITIN para cada padre y cada niño
  • Numero de extranjero (A-Number) y cualquier otro documento de inmigración (permiso de trabajo, tarjeta de residencia permanente/green card, visa, etc.) para cada padre y cada niño
  • Actas de Matrimonio (si aplica)
  • Certificado de divorcio (si aplica)
  • Órdenes de corte familiar (visitas, custodia, etc., si aplica)
  • Ordenes de restricción (si aplica)
  • Documentos criminales (si aplica)
  • Papeles de DCYF (si aplica)
  • Documentos con información importante sobre cada padre y cada niño
  • Documento de números de emergencia e información de contactos importantes documento

Además puede incluir cualquier otro documento que usted tenga interés en poder encontrar con facilidad.

Puede descargar los formularios para nombrar a un tutor/cuidador temporal y aquellos documentos que pueden ayudarle a preparar tarjetas de información importantes para cada niño se pueden encontrar en el pdf aquí.

La información proporcionada en el sitio web del R.I. Center for Justice - incluyendo el Plan de Preparación Familiar - no constituye, ni pretende constituir consejo legal. Toda la información y el contenido en este sitio son provistos para fines informativos solamente y no se hace declaración alguna de que estén actualizados o sin errores. El uso de los materiales en esta página no crea una relación de abogado-cliente. Consulte a un abogado para obtener asesoramiento con respecto a su situación individual.